Condiciones generales de contratación
Condiciones aplicables a los servicios formativos LICARH
1. Identificación del prestador y ámbito de aplicación
Mª Concepción Castelló Martínez, con NIF 22.925.811-D y domicilio en C/ Príncipe de Asturias 3-7A, 30204 Cartagena (Murcia), presta la actividad formativa bajo la denominación LICARH. A efectos contractuales y administrativos puede contactarse mediante admin@licarh.com y el teléfono +34 640 666396.
Estas Condiciones Generales se aplican a las formaciones organizadas y comercializadas por LICARH, tanto cuando contrata directamente una persona física como cuando el pagador es un profesional, autónomo o empresa. Cuando alumno y pagador sean personas distintas, ambos se identificarán separadamente en la documentación particular.
Quedan fuera de estas Condiciones los servicios de coaching, consultoría, asesoramiento, intervención profesional u otros servicios no formativos, que se regirán por sus propias condiciones o contrato.
2. Documentos que integran la contratación y orden de prevalencia
La contratación de una formación se compone, según corresponda, de: la información del programa y de la edición; la información económica previa; la información precontractual exigible; estas Condiciones Generales; las Condiciones Particulares de la edición; la Hoja de Matrícula; y los documentos académicos o de participación que resulten aplicables.
Las Condiciones Particulares y la Hoja de Matrícula concretan los datos individualizados de la contratación —programa, edición, modalidad, fechas, precio, calendario de pagos, alumno, pagador y condiciones especiales—. En caso de contradicción, prevalecerá la condición particular expresamente pactada sobre la general, sin que pueda reducir derechos imperativos de consumidores ni otros derechos legalmente indisponibles.
La oferta, la información precontractual y las comunicaciones que formen parte de la contratación se integrarán en el contrato en los términos previstos por la normativa aplicable.
3. Naturaleza de la formación
LICARH presta un servicio formativo estructurado, con contenidos, materiales, sesiones, prácticas, seguimiento y evaluación conforme a la arquitectura académica vigente del programa correspondiente.
La formación no constituye asistencia sanitaria o terapéutica ni sustituye servicios clínicos, jurídicos, fiscales, financieros o de consultoría. Tampoco implica promesa o garantía de resultados personales, profesionales, económicos o comerciales.
Cuando la formación conduzca a una acreditación o credencial LICARH, su naturaleza, requisitos y alcance se indicarán de forma expresa. Salvo indicación legal y documental en contrario, las credenciales LICARH tienen carácter privado y no equivalen a titulaciones oficiales ni a homologaciones administrativas.
4. Solicitud, admisión y formalización de la matrícula
Cuando un programa esté sujeto a admisión, la solicitud de admisión no constituye matrícula, no reserva plaza y no genera por sí sola obligación de pago. LICARH podrá valorar la adecuación de la candidatura atendiendo a los requisitos y finalidad del programa y comunicará la decisión por un medio que permita dejar constancia.
Tras la admisión, la persona recibirá la documentación precontractual y contractual aplicable. La contratación se entenderá formalizada cuando se hayan aceptado expresamente los documentos correspondientes y se haya realizado el primer pago previsto. La confirmación posterior de LICARH tendrá carácter administrativo y acreditará la matrícula ya formalizada.
Si la documentación particular utiliza la expresión «reserva de plaza», dicha reserva formará parte del primer pago del precio y se imputará íntegramente a éste; no constituirá un cargo adicional o autónomo salvo que se informe y pacte expresamente otra cosa conforme a Derecho.
5. Precio, impuestos, moneda y facturación
El precio aplicable a cada programa y edición, su tratamiento fiscal, la moneda, los posibles precios regionales o tarifas especiales y el calendario de pagos se comunicarán antes de contratar y quedarán fijados en la documentación particular.
El alumno o pagador conocerá antes de la aceptación el importe final que deba satisfacer y la moneda aplicable. LICARH no añadirá después recargos no informados por utilizar un medio de pago concreto.
LICARH emitirá la documentación fiscal que corresponda conforme a la normativa aplicable. Cuando el pagador sea una persona o entidad distinta del alumno, los datos de facturación se recogerán separadamente.
6. Pago fraccionado e impago
Cuando se ofrezca pago fraccionado, éste funcionará como calendario de pagos del precio de la formación, sin intervención de financiación externa salvo que se indique expresamente.
Ante una cuota vencida e impagada, LICARH comunicará la incidencia por escrito y concederá un plazo de catorce días para regularizarla. Si transcurrido ese plazo continúa el impago, LICARH podrá suspender temporalmente prestaciones formativas futuras hasta su regularización.
No se aplicarán automáticamente intereses de demora, penalizaciones ni vencimiento anticipado de todas las cuotas restantes. Si el impago persiste tras el requerimiento, LICARH podrá resolver la matrícula mediante comunicación escrita, liquidándose únicamente las cantidades vencidas o devengadas hasta la fecha efectiva de resolución.
No se expedirá una acreditación o credencial final mientras existan cantidades vencidas y exigibles pendientes de pago, sin que ello altere por sí mismo el resultado académico ya obtenido.
7. Baja voluntaria y cambio de edición
La baja voluntaria deberá comunicarse por escrito. Si se produce antes del inicio de la formación y no se ha prestado servicio alguno, se devolverán las cantidades abonadas, sin perjuicio del régimen legal de desistimiento que corresponda.
Una vez iniciada la formación, el alumno deberá satisfacer las cantidades vencidas o devengadas hasta la fecha efectiva de baja; las cuotas posteriores dejarán de ser exigibles. Las cantidades correspondientes a formación ya prestada no serán reembolsables.
LICARH podrá autorizar excepcionalmente, cuando exista causa justificada y sea académicamente viable, el traslado a la siguiente edición disponible. En ese caso, las cantidades ya abonadas se imputarán a la nueva edición y se documentarán las condiciones aplicables.
8. Derecho de desistimiento de consumidores
Cuando la contratación se celebre a distancia con una persona que tenga la condición legal de consumidor, ésta dispondrá del derecho de desistimiento en los términos y plazos establecidos por la normativa aplicable. Con carácter general, en los contratos de servicios el plazo es de catorce días naturales desde la celebración del contrato.
Si el consumidor solicita expresamente que la prestación comience durante ese plazo y posteriormente desiste, deberá abonar únicamente la parte proporcional del servicio efectivamente prestado hasta la comunicación del desistimiento, cuando legalmente corresponda.
El procedimiento, el modelo de desistimiento y la información completa se facilitarán antes de contratar en el documento precontractual específico. Ninguna previsión de estas Condiciones limita los derechos legales del consumidor.
9. Desarrollo de la formación y obligaciones de las partes
LICARH facilitará las sesiones, materiales, seguimiento y evaluación previstos para la edición contratada y mantendrá una gestión administrativa y académica ordenada del expediente.
El alumno deberá aportar datos veraces, respetar las fechas y requisitos comunicados, participar de forma respetuosa, cumplir las normas académicas y de confidencialidad aplicables y utilizar adecuadamente los materiales y recursos puestos a su disposición.
Los requisitos concretos de asistencia, práctica, entregas, evaluación, revisión y acreditación se establecerán en la documentación académica vigente y se comunicarán antes de que resulten exigibles.
10. Ajustes organizativos, mínimo de grupo y cancelación por LICARH
LICARH podrá realizar ajustes organizativos razonables de fechas, horarios, docente, plataforma o distribución de sesiones cuando existan motivos objetivos —por ejemplo, indisponibilidad sobrevenida, incidencias técnicas, necesidades académicas o causas de fuerza mayor— y siempre que no se altere de forma sustancial el objeto y valor de la formación.
Cada edición podrá quedar condicionada a alcanzar una viabilidad mínima de grupo. Si LICARH aplaza o cancela una edición antes de su inicio, ofrecerá al alumno la posibilidad de trasladar su matrícula a otra edición disponible o recibir la devolución íntegra de las cantidades abonadas.
Si una modificación o interrupción una vez iniciada la formación fuera sustancial y afectara de forma relevante al alumno, LICARH ofrecerá una alternativa proporcionada, que podrá consistir en reprogramación, cambio de edición o devolución de la parte del servicio no prestada, según el caso.
11. Evaluación y acreditación
La matrícula y la asistencia no generan por sí solas derecho automático a una acreditación. La superación de una formación podrá exigir requisitos de asistencia, práctica, evidencias, evaluación, integración y otros criterios académicos definidos para el programa correspondiente.
LICARH aplicará los criterios y procedimientos académicos vigentes para la edición y conservará la documentación necesaria para acreditar el resultado. Las reglas detalladas de evaluación, revisión y reevaluación no forman parte de estas Condiciones Generales y se desarrollarán en la documentación académica correspondiente.
LICARH podrá conservar un registro mínimo de credenciales expedidas con la finalidad de atender verificaciones posteriores, conforme a su política de protección de datos.
12. Materiales y propiedad intelectual
Los materiales, guías, plantillas, láminas, rúbricas, documentos y demás recursos facilitados por LICARH se entregan para uso personal y formativo dentro de la finalidad del programa. Su acceso no supone transmisión de derechos de propiedad intelectual o industrial.
No podrán reproducirse, redistribuirse, publicarse, comercializarse o ponerse a disposición de terceros los materiales protegidos sin autorización o habilitación legal. Esta limitación se refiere a la expresión y materiales protegidos y no pretende atribuir a LICARH derechos exclusivos sobre conocimientos, teorías, métodos o conceptos que pertenezcan a terceros o al dominio público.
Los materiales de terceros se utilizarán conforme a los derechos, licencias o autorizaciones que les sean aplicables.
13. Confidencialidad y prácticas con terceros
El alumno deberá preservar la confidencialidad de la información conocida en prácticas, supervisiones, evaluaciones, grupos, casos y demás actividades formativas, especialmente cuando pueda identificar a compañeros, clientes o coachees.
Cuando el alumno aporte como evidencia una grabación de una práctica con un tercero, deberá haber informado a la persona grabada y disponer de la autorización necesaria para la grabación y su entrega a LICARH. LICARH podrá exigir constancia de dicha autorización antes de admitir el material como evidencia.
Las normas específicas sobre confidencialidad y tratamiento de evidencias podrán desarrollarse en documentos separados de participación, práctica y protección de datos.
14. Grabaciones y protección de datos
Por parte de LICARH, únicamente se prevé la grabación de evaluaciones cuando resulte necesaria para su revisión y elaboración del informe correspondiente. Las grabaciones se eliminarán una vez emitido el informe de evaluación, conservándose únicamente la documentación necesaria del resultado y del proceso.
Los vídeos de prácticas aportados por alumnos se utilizarán exclusivamente para la finalidad académica informada y se eliminarán una vez elaborado el informe de evaluación correspondiente.
El tratamiento de datos personales, las autorizaciones de terceros y cualquier uso opcional de imagen, testimonio, marketing o investigación se regirán por la documentación específica de protección de datos y no se entenderán consentidos por la mera aceptación de estas Condiciones Generales.
15. Comunicaciones, atención y reclamaciones
Las comunicaciones contractuales y administrativas se realizarán preferentemente por escrito a través de los datos facilitados por las partes. El alumno deberá mantener actualizados sus datos de contacto.
Las reclamaciones podrán dirigirse a admin@licarh.com, por vía postal al domicilio indicado en la cláusula 1 o por los demás medios de atención que LICARH mantenga habilitados. LICARH facilitará constancia de la reclamación y responderá en el plazo más breve posible y, en todo caso, dentro del plazo máximo legal aplicable, actualmente de quince días desde su presentación.
Cuando una reclamación de consumo no pueda resolverse directamente, LICARH facilitará en soporte duradero la información exigible sobre al menos una entidad de resolución alternativa de litigios competente e indicará si participará en el procedimiento. LICARH no declara adhesión a arbitraje de consumo ni a una entidad concreta salvo que dicha adhesión se formalice expresamente.
16. Ley aplicable y contratación internacional
La contratación se regirá por la legislación española, sin perjuicio de las normas imperativas de protección que puedan corresponder a los consumidores por razón de su residencia habitual o del mercado al que se dirija la actividad.
En las relaciones con consumidores no se establece sumisión a un fuero que prive al consumidor de los tribunales o garantías que le reconozca la normativa aplicable. En las relaciones con profesionales o empresas, la competencia se determinará conforme a la normativa procesal o a los pactos particulares válidamente acordados.
La admisión de alumnos de otros países, la moneda de cobro, el tratamiento fiscal y las particularidades regulatorias internacionales se concretarán antes de contratar cuando resulten aplicables.
17. Vigencia, versión y prueba de aceptación
La versión aplicable será la que haya sido facilitada al alumno y aceptada en el momento de formalizar su matrícula. LICARH conservará evidencia de la versión entregada y de la aceptación realizada.
Las futuras modificaciones de estas Condiciones se aplicarán a nuevas contrataciones desde la fecha de su entrada en vigor y no alterarán contratos ya formalizados salvo que el cambio sea exigido por norma imperativa o sea expresamente aceptado cuando corresponda.
El alumno recibirá o tendrá a su disposición en soporte duradero una copia de la documentación contractual aplicable a su matrícula.
Versión web: 1.0 · Fecha de publicación prevista: septiembre de 2026. La versión aplicable a cada matrícula será la que se entregue y acepte en el momento de formalización.